El Frente Nacional
para la
Defensa de los
Derechos Culturales del Sordo
ante la
inminente aprobación de la
Ley General de
las Personas con Discapacidad.
(Leído en el Salón
Verde de la Cámara de Diputados,
antes de la sesión protocolaria de
aprobación de esta Ley
por la Comisión de Atención a Grupos
Vulnerables)
Hoy
atestiguamos la terminación de apenas un primer capítulo
en la historia de la legislación federal en favor de las
personas con discapacidad. Pero no venimos sólo como
testigos, sino, sobre todo, como participantes, pues la Ley General de
las Personas con Discapacidad (en adelante, la Ley) tiene muchos
autores. El FENASOR (Frente Nacional para la Defensa de los Derechos
Culturales del Sordo) es uno estos autores, y su participación
ha sido siempre del dominio público. Hemos procurando
actuar de la manera más abierta posible, a veces protestando,
pero siempre hemos acudido a la razón y el convencimiento como
nuestras principales armas.
En el camino hemos tenido que confrontar a organizaciones y
funcionarios de la discapacidad que, centrados sobre todo en los
intereses legítimos de las personas con discapacidad motriz y
visual, buscaban que el gobierno del cambio les hiciera
“justicia”. Nos preguntamos, y quisiéramos que se
pregunten ustedes con nosotros:
¿Por qué encontramos tanta resistencia a considerar e
incluir las demandas de la Comunidad de Sordos Mexicana, como
educación bilingüe, o acceso a la información por
medio de intérpretes? Y, sobre todo, ¿Por
qué tanta resistencia al reconocimiento de la lengua de
señas mexicana?
Son muchas las respuestas que se puede dar a estas preguntas.
Entre otras, la mezquindad que podría llevar a que el Consejo
Consultivo del futuro Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad
se convierta en una perpetua cena de negros. Todos, y en
particular las organizaciones de los sordos, debemos estar vigilantes
para que esto no ocurra.
Pero el tema que aquí nos ocupa nos obliga a concentrarnos
específicamente en cuales han sido las políticas
públicas que han llevado a las extensas prácticas
sociales de opresión de la Comunidad de Sordos Mexicana. Y
cómo es que la Ley General de las Personas con Discapacidad
puede coadyuvar a políticas públicas que corrijan el
rumbo, y compensen el daño que se sigue inflingiendo tanto a los
sordos señantes, como a los sordos hablantes, y a los sordos
semilingües.
No todas las política públicas del Estado mexicano se han
constituido como leyes, reglamentos o programas de gobierno. De
hecho, las políticas públicas más perniciosas
suelen ser aquellas que, bajo el auspicio de instituciones
públicas y privadas se reproducen como prácticas que
escapan al escrutinio de la crítica pública,
extendiéndose como si fueran cosas del sentido común,
supuestamente tan obvias que no hay para que cuestionarlas.
El muertito de la denigración del sordo señante como
discapacitado intelectual se lo podríamos cargar a la ignorancia
del común de la gente. Pero el común de la gente,
en México, se encontrará con que las instituciones de
salud especializadas en sordera difunden estos prejuicios, en lugar
refutarlos. Unas veces de manera tácita, otras de manera
explícita, como en esta ocasión, nosotros hemos puesto en
el banquillo de los acusados a estas instituciones que, abusando de la
autoridad que les otorga un título de
otorrinolaringología, de audiología, o de terapia de
audición y lenguaje, propalan a los cuatro vientos la mentira de
que el sordo solamente se puede integrar a la sociedad si piensa,
sueña y actúa como si fuera oyente. Son estas
mismas instituciones, como el área de Comunicación Humana
del Instituto Nacional de Rehabilitación (antes Centro Nacional
de Rehabilitación), las que han difundido la idea perniciosa de
que las señas distraen al sordo del aprendizaje del
español oral y, por ende, dificultan su integración con
la sociedad hispanohablante mayoritaria. ¡Nada más
falso!
Así, por ejemplo, en México se han aplicado ya varios
cientos de implantes cocleares a niños y bebés
sordos. Se dice que la razón es sencilla: Estos
niños oirán, por lo tanto hablarán y, finalmente
socializarán en español oral. Pero esta es una
verdad a medias, pues siempre deberá someterse a años de
terapia del lenguaje, y cabe preguntarse cual acabará siendo la
calidad de su vida. Para colmo, se afirma tajantemente que
a estos niños se les debe prohibir la lengua de señas
mexicana, pues la adquieren con tanta facilidad que dificultará
su aprendizaje del español. De nuevo, ¡nada
más falso! Hoy se sabe que el bilingüismo es una
ventaja para cualquier niño, pues lo dota de una mayor
flexibilidad cognitiva. Y las estadísticas de otros
muestran que los sordos hijos de sordos tienen el mayor éxito
escolar, y el mejor desempeño bilingüe, a pesar de que su
lengua materna es una lengua de señas.
El meollo de lo que aquí nos ocupa, al menos a nosotros, pero
probablemente también a muchos ciegos, o a muchas personas con
discapacidad motriz, entre tantas otras, es que como cualquier persona
requerimos de servicios de salud, unas más, otras menos, pero
más que nada demandamos políticas públicas de
comunicación, de educación, de cultura… que nos permitan
tener vidas más plenas, con un acceso más equitativo a la
información, a la educación, a la cultura… en una
sociedad en que nuestra diversidad también tenga cabida. Y
las políticas públicas de salud no tienen nada que
ofrecernos en la mayoría de estos ámbitos.
Los sordos señantes demandamos el respeto a nuestra lengua de
señas mexicana. Los sordos hablantes demandamos acceso a
servicios de estenografía proyectada o subtitulaje. Los
sordos semilingües requieren de acceso inmediato a una lengua de
señas. La Ley que hoy nos ocupa permitirá impulsar
políticas más acordes con las necesidades de los sordos
señantes, de los sordos hablantes y de los sordos
semilingües.
En sus definiciones, la Ley reconoce que el principal dilema al que se
enfrenta el sordo, el que lo define como sujeto colectivo y comunidad,
es el no poder optar por una socialización natural basada en
lengua oral alguna. Por lo tanto, según se aplica este
concepto en el resto de la Ley, el Estado y la sociedad no pueden dar
un trato equitativo a los sordos sin reconocer que requiere de
políticas lingüísticas acordes.
Así, pues, al reconocer las lenguas de señas, en general,
y la lengua de señas mexicana, en particular, la ley
deberá propiciar políticas públicas que abandonen
la simulación: El sordo señante no tiene que
comportarse como si fuera hispanohablante para ejercer plenamente sus
derechos. Y no estamos hablando metafóricamente. La
sola aprobación de la Ley deberá llevar, por ejemplo, a
la reforma de todos los códigos civiles del país que
decretan que el sordomudo siempre debe permanecer bajo la tutela de un
adulto oyente. Puede que esta sea apropiado para un sordo
semilingüe. Pero si los sordos señantes
practicamos una lengua nacional, ¿por qué se nos
habrán de arrebatar todos nuestros derechos al considerarnos
sordomudos?
La Ley equipara jurídicamente a la lengua de señas
mexicana con la lenguas indígenas y el español. Por
lo tanto, con base en el último párrafo del 2º
artículo constitucional, ¡el que nosotros impulsamos!,
así como del artículo 18 de la Ley General de los
Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas (que
prohíbe la discriminación de cualquier lengua), la Ley
mandata el establecimiento de políticas
lingüísticas que estimulen el uso de la lengua de
señas mexicana en todos los ámbitos de la vida privada y
pública del sordo señante, buscando siempre que el sordo
señante tenga pleno acceso a la jurisdicción del Estado.
¿Esto que quiere decir? Por ejemplo, que todos los sordos
tiene derecho a la educación obligatoria y gratuita
bilingüe en lengua de señas mexicana y español, en
todos los estados de la República. Y que en las escuelas
públicas (como los Centros de Atención Múltiple de
Cuernavaca y Cancún, Hermosillo, o Colima, entre tantos otros) o
privadas (de Perla Moctezuma, Tessera, IPPLIAP –en el DF–, APSOR de
Graciela Rascón –en Tijuana–, o de Aída Araceli Aramburu
–en Guadalajara–, entre otras tantas otras), algunas de las cuales nos
acompañan hoy en este Salón Verde de la Cámara de
Diputados, en las cuales se ha impulsado la educación
bilingüe siempre desde la precariedad, o bajo el continuo acoso de
las autoridades educativas, ahora se les deberá otorgar el
respaldo que requieren y merecen. Además, la
televisión educativa deberá ser interpretada a la lengua
de señas mexicana; los interpretes deberá ser formados y
formalmente certificados; la administración pública
deberá proveer a los sordos señantes de
intérpretes; etc.
Por su parte, aún el sordo que se identifica con una lengua
oral, el sordo hablante, depende de su vista y, en particular, de la
comunicación escrita en un gran número de circunstancias
como, por ejemplo, en la telefonía y la televisión, en la
educación, en la administración pública y de la
justicia, en eventos y espacios públicos, etc. Para
poder desarrollar programas en este sentido la Ley define y reconoce el
papel de la estenografía proyectada, así como el de otras
formas de comunicación escrita.
Para el común de los sordos, integración verdadera
equivale a bilingüismo. No se trata de que sus padres
hispanohablantes renuncien a su propia lengua, ni a su legítima
aspiración de compartirla con sus hijos sordos. Como
tampoco se trata de que sus hijos sordos renuncien a ser
señantes, o que lo posterguen quedando semilingües hasta
nuevo aviso. Ni de que los niños se nieguen a
aprender la lengua oral de sus padres. Para todos nosotros y
todos ellos, para todos les mexicanos que practicamos tantas lenguas y
visiones del mundo como han cabido en el territorio nacional, para
todos debe haber un espacio digno y compartido que nos permita
desarrollar las identidades multifacéticos que requerimos.
Quisiéramos concluir con un llamado y un aviso, ambos
trascendentales. Hacemos del conocimiento de todos los presentes
que solicitaremos al Instituto Nacional de Antropología e
Historia, así como al Gobierno del Distrito Federal que se
restituya la Escuela Nacional de Sordos a nuestra comunidad.
Benito Juárez nos dio el Convento de Corpus Cristi, y mientras
lo ocupamos nunca hubo recursos para repararlo como se debía,
aunque ahora, lo que queda del convento está bien
arregladito. Tiempo después, durante el autoritario
gobierno de Gustavo Díaz Ordaz, con la “justificación” de
que los sordos necesitan clínicas y no escuelas, la Escuela
Nacional de Sordos fue desaparecida, sin que nunca se abrogara el
decreto que la constituyó. Ahora exigimos que, en lugar de
un museo intrascendente, se reviva la Escuela Nacional de Sordos, pero
como semillero de intérpretes y profesores bilingües en
lengua de señas mexicana y español, así como un
centro de investigación, promoción y difusión de
la lengua y la cultura de la Comunidad de Sordos Mexicana. Y que
mejor lugar puede haber que la sede original de la Escuela Nacional de
Sordos, al frente de la cual se reúne la Comunidad los
días 28 de noviembre de todos los años para celebrar su
existencia colectiva. Es justo y necesario.
Por último, les comunicamos que el Frente Nacional para la
Defensa de los Derechos Culturales del Sordo desaparecerá, como
lo han conocido hasta ahora, desaparecerá el mismo día en
que se publique la Ley General de las Personas con Discapacidad en el
Diario Oficial, pues en ese momento habrá cumplido con su
cometido. Quienes formamos parte del Comité de Sordos en
la marcha del 2001, y quienes le dimos continuidad a esta lucha desde
el FENASOR, ahora cedemos el paso para que una organización
más estable y duradera, con más recursos humanos y
materiales, pueda obligar a que la Ley que aquí se apruebe se
lleve a efecto y se reforme para bien. En nombre del Frente
Nacional para la Defensa de los Derechos Culturales del Sordo agradezco
las infinitas muestras de apoyo que recibimos en este esfuerzo
compartido.
Boris Fridman Mintz.
Vocero del Frente Nacional para la
Defensa de los Derechos Culturales del Sordo.
Miembro Honorario de la Federación Mexicana de Sordos.
México D.F. a 31 de marzo de 2005.