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I    De la preservación y el entendimiento de la cultura, la lengua y los sistemas normativos de las Comunidades de Sordos: 


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1. El gobierno mexicano promoverá la investigación, presrvación y desarrollo de las culturas y lenguas de señas de las comunidades mexicanas de sordos.


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2. Los sistemas normativos que las comunidades de sordos tienen para resolver sus conflictos internos serán reconocidos para velar por su acceso justo y equitativo a la jurisdicción del estado. En particular, los jueces y leyes correspondientes deberán reconocer el valor de los contratos señados y no escritos que los sordos establezcan entre sí (de compra - venta, laborales, de separación y divorcio, de unión libre, etc.)